Tiene derecho a ser electo diputado a la Asamblea Nacional del Poder Popular toda persona mayor de 18 años de edad, que esté en pleno goce de sus derechos políticos, sea residente permanente en el país por un período no menor de cinco años antes de las elecciones y no se encuentre comprendido en las excepciones presentes en la Constitución y la ley.

Desde la Constitución de 1901 y hasta la Constitución de 1940, abolida en 1952 por el golpe de Estado que dio el dictador Fulgencio Batista, en Cuba existía la llamada tripartición de poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial, que respondía a la clase burguesa dominante.El poder Legislativo era el Congreso de la República y estaba integrado por dos cuerpos: la Cámara de Representantes y el Senado.