Trámites de la Dirección de la Vivienda

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• Legalización de viviendas;
• Emitir copias literales de la propiedad;
• Actualización de título de propiedad;
• Transferencia de la propiedad de las viviendas que construya el estado o queden disponibles, luego de haber sido asignadas por acuerdo del Consejo de Administración Municipal del Poder Popular;
• Reclamaciones de derecho referente a la titularidad de los inmuebles;
• Inclusión en los Títulos de Propiedad;
• Cese de convivencias;
• Declaración de ocupantes ilegales;

• Confiscación y Transmisión de derechos sobre las viviendas cuyos propietarios abandonen definitivamente el país, sin haber trasmitido la titularidad de la misma con anterioridad;

• Controlar, asesorar y supervisar a los Organismos y Entidades que poseen en su fondo habitacional Viviendas Vinculadas y Medios Básicos;
• Ejercer un control de la aplicación de las regulaciones sobre los Edificios Multifamiliares;
• Ejercer un control de la aplicación de las regulaciones sobre los Edificios de Administración Municipal (el 12 plantas);
• Autorización de ventas de electro-bombas a edificios multifamiliares;
• Controlar las viviendas sometidas al Régimen especial;
• Control del Fondo Habitacional existente en el municipio;
• Seguimiento y control a los arrendamientos permanentes del estado;
• Transmisión de derechos sobre la vivienda cuyo propietario fallezca y no existieran herederos o estos renunciasen a la herencia.
• Asesorar, como integrante de la Comisión de Enfrentamiento a las Ilegalidades del Territorio, por el cumplimiento de las ejecuciones de las Sentencias y Resoluciones firmes que incidan sobre las viviendas;
• Aprobar Rebajas a las mensualidades a pagar por la ocupación de viviendas asignadas en concepto de Arrendamiento con opción de compra, devenido de la Trasferencia de la vivienda en propiedad (Por la Resolución 1/89 del Instituto Nacional de la Vivienda)

Así mismo Las Direcciones municipales de la Vivienda tienen también la función de:
• Asesorar metodológicamente la elaboración de los Planes Constructivos Estatales, ya sean de Inversiones para la construcción de obras nuevas, o de Conservación, Rehabilitación y Reparación de viviendas;
• Financiar y fiscalizar el avance físico de las obras por etapas constructivas que se encuentran nominalizadas en los planes constructivos;
• Velar por el cumplimiento de los cronogramas de ejecución de las obras cuyos titulares hayan sido beneficiados por la aprobación de un subsidio.