Tribunal Provincial Las Tunas

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Tribunal Provincial LasTunas

Tribunal Provincial Las Tunas. La Constitución de la República en su Artículo 120 refiere que: «La función de impartir justicia dimana del pueblo y es ejercida a nombre de este por el Tribunal Supremo Popular y los demás Tribunales que la ley instituye».

Misión:

La misión de los tribunales es impartir justicia, de conformidad con la Constitución de la República, los tratados internacionales en vigor para el país y la legislación nacional; asegurar la tramitación y solución de los asuntos judiciales con apego a la ley, respeto a las garantías de las partes, transparencia y cumplimiento oportuno y efectivo de las decisiones, contribuyendo así a la realización plena de los derechos y al cumplimiento de los deberes y obligaciones de las personas naturales y jurídicas, al bienestar de la ciudadanía, el disfrute de la libertad, la seguridad jurídica, la equidad, el bienestar y la prosperidad individual y colectiva.

La función de impartir justicia dimana del pueblo y es ejercida, a nombre de este, por el Tribunal Supremo Popular y los demás tribunales que la ley instituye.

Visión:

Ser una institución garante del cumplimiento de la Constitución y las leyes, con directivos, jueces, secretarios judiciales y demás trabajadores, acreedores de prestigio, autoridad y reconocimiento social por su actuación accesible, profesional, transparente y confiable.

Valores Institucionales

En el ejercicio de la función jurisdiccional, nos prestigian y motivan valores fundamentales como: sentido de lo justo, independencia judicial, imparcialidad, transparencia, probidad, humanismo, honestidad, responsabilidad y patriotismo.

Contribuir, con nuestra labor, a mejorar la calidad de vida de las personas, la seguridad ciudadana, el orden y la legalidad en la sociedad cubana es el principal deber y motivo de realización personal e institucional.

Tribunal Provincial Las Tunas 1

Objetivos de trabajo 2022

No. 1. Asegurar elevados niveles de cumplimiento de los indicadores de calidad en la actividad judicial relacionados con la celeridad, cumplimiento del debido proceso, acierto en las decisiones y efectividad en la ejecución de los fallos judiciales.

No. 2. Adecuar las estructuras y el funcionamiento de los tribunales, para garantizar la implementación de la reforma legislativa que se desarrolla en el país.

No. 3. Fortalecer y consolidar la conducta ética e incorruptible de los directivos, jueces, secretarios, asistentes judiciales y demás trabajadores.

No. 4. Gestionar y garantizar en el Sistema de Tribunales de la provincia, la permanencia, cohesión, armonía, estabilidad, motivación, y efectiva preparación de los directivos, jueces, secretarios, asistentes judiciales y demás trabajadores.

No. 5. Avanzar sustancialmente en el proceso de informatización del Sistema de Tribunales.

No. 6. Fomentar el desarrollo de investigaciones científico-técnicas que den respuestas a los problemas y necesidades del ejercicio de la función judicial, y propiciar la introducción de sus resultados para contribuir al perfeccionamiento y la mejora continua del trabajo de los tribunales.

No. 7. Avanzar en la implementación de la Estrategia de comunicación institucional del Sistema de Tribunales.

No. 8. Gestionar y garantizar el aseguramiento logístico de la actividad judicial y las adecuadas condiciones de trabajo en las sedes judiciales. 

Funciones del Consejo de Gobierno

El Consejo de Gobierno del Tribunal Provincial Popular constituye un órgano de dirección colegiada, en el ámbito de sus atribuciones, con funciones deliberativas, consultivas, propositivas y de fiscalización respecto a la organización y el funcionamiento de los órganos judiciales de su territorio; además, ejecuta y controla el cumplimiento de las disposiciones del Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular y de su Presidente.

Corresponde al Consejo de Gobierno del Tribunal Provincial Popular:

a) Analizar la actividad judicial de las salas del Tribunal Provincial Popular y de los tribunales municipales populares de su demarcación, y adoptar las medidas que procedan para su mejora continua;

b) evaluar el cumplimiento de las disposiciones del Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular y de su Presidente;

c) elevar consultas al Tribunal Supremo Popular;

d) solicitar al Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular la creación o supresión de tribunales populares en la provincia y de sus salas o secciones;

e) proponer al Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular la plantilla de cargos del tribunal, de acuerdo con la complejidad y cantidad del trabajo a realizar, y la fuerza laboral requerida para ello;

f) realizar la propuesta al Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular de las candidaturas para la elección de los presidentes de salas o secciones y jueces profesionales del Tribunal Provincial Popular; los presidentes, el vicepresidente, los presidentes de sección y jueces profesionales de los tribunales municipales populares de su territorio, y de promoción, cese o revocación en las funciones judiciales, cuando proceda;

g) emitir su parecer con relación a las propuestas para ocupar los cargos de presidente y vicepresidente del Tribunal Provincial Popular;

h) proponer al Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular los traslados definitivos de jueces profesionales entre las salas de justicia y tribunales de su demarcación, y el traslado temporal hacia otra provincia o desde ella;

i) emitir criterios a la comisión municipal de candidatura acerca de las propuestas para cubrir los cargos de jueces legos del Tribunal Provincial Popular y de los tribunales municipales populares de su demarcación;

j) determinar el orden de sustitución del presidente, los vicepresidentes y presidentes de sala o sección del Tribunal Provincial Popular, y de los presidentes, vicepresidentes, presidentes de sección y jueces profesionales de los tribunales municipales populares del territorio en los casos de ausencia temporal o impedimento;

k) aprobar el orden de sustitución del secretario judicial del Tribunal Provincial Popular;

l) solicitar informes a los presidentes de sala y demás directivos del Tribunal Provincial Popular, y a los presidentes de los tribunales municipales populares de sus respectivos territorios;

m) aprobar y controlar los planes de superación de los jueces y el personal auxiliar del Tribunal Provincial Popular y de los tribunales municipales populares de su demarcación;

n) aprobar y elevar al Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular las propuestas fundamentadas de los jueces profesionales que ameriten el tratamiento a que se contrae el Artículo 29, apartado 1, incisos s) y t) de esta Ley;

ñ) aplicar las medidas disciplinarias en los casos en que proceda, de acuerdo con esta Ley, su reglamento y el Reglamento disciplinario interno;

o) aprobar los proyectos de los informes que el presidente del Tribunal Provincial Popular debe presentar ante los órganos del Poder Popular, sobre el trabajo de los tribunales de su territorio;

p) aprobar los informes sobre la labor de los tribunales populares de la provincia que deben elevarse al Presidente del Tribunal Supremo Popular, con motivo de la rendición de cuenta a la Asamblea Nacional del Poder Popular;

q) conocer y evaluar los resultados del control y desempeño del Sistema de Gestión de la Calidad, las supervisiones realizadas a los tribunales populares de la provincia; y formular al presidente del Tribunal Provincial Popular las recomendaciones que procedan al respecto; controlar, en lo que le concierne, la aplicación del Sistema de Trabajo con los Cuadros del Estado y del Gobierno, y sus Reservas en el Tribunal Provincial Popular y los tribunales municipales populares de su territorio;

s) aprobar los anteproyectos del presupuesto y del plan de la economía del Tribunal Provincial Popular, en todas sus categorías; el proyecto del plan anual de actividades; los objetivos de trabajo del Tribunal Provincial Popular y sus criterios de medida, y evaluar sistemáticamente su cumplimiento;

t) las demás que le correspondan, como órgano colegiado de dirección.

Integrantes del Consejo de Gobierno

El Consejo de Gobierno del Tribunal Provincial Popular se integra por el presidente del tribunal, quien lo preside, y por el o los vicepresidentes, en su caso, y los presidentes de las salas de justicia del propio órgano judicial.

Presidenta del Tribunal Provincial Popular

Misleydis Escalona Biscaino, Vicepresidenta del Tribunal Provincial Popular

Miguel Alexis Fonseca Ameller, Presidente de la Sala Primera de lo Penal

Dayanai Justiz Batista, Presidenta de la Sala Segunda de lo Penal

Eyanes López Batista, Presidenta Sala de lo Civil, de lo Familiar, de lo Administrativo, y del Trabajo y de la Seguridad Social.

Mirian Antonia Téllez Varga, Presidenta de la Sala de lo Mercantil

Salas de justicia

Instancia provincial

- Sala Primera de lo Penal: conoce las causas de los procesos penales para los que la ley prevé sanciones superiores a ocho años de privación de libertad, así como los recursos de apelación que se generen en toda la provincia.

- Sala Segunda de lo Penal: conoce las solicitudes de concesión y revocación de los beneficios de excarcelación anticipada o de sanciones subsidiarias de la privación de libertad, y la realización de los trámites legales que se deriven de la situación de reclusión de los sancionados o asegurados de toda la provincia. Además, asumirá la coordinación y supervisión del trabajo de las secciones de los tribunales municipales de la provincia, que tienen a su cargo las acciones de control, influencia y atención de las personas que cumplen sanciones o medidas de seguridad en libertad.

- Sala de lo Civil, de lo Familiar, de lo Administrativo, y del Trabajo y de la Seguridad Social: conoce los asuntos de su competencia y los recursos de apelación que se generen en esa provincia.

- Sala de lo Mercantil: conoce los asuntos de su competencia y los recursos de apelación que se generen en esa provincia.

Instancia Municipal

Tribunal Municipal Popular de Las Tunas: conoce de los procesos penales por delitos para los que la ley prevé sanciones hasta ocho años de privación de libertad, así como los asuntos de lo civil, lo familiar, del trabajo y de la seguridad social. Además, la labor de control, influencia y atención de las personas que cumplen sanciones o medidas de seguridad en libertad, cuya competencia abarca el propio municipio. Asimismo, contará con dos secciones territoriales, una de lo mercantil y otra de lo administrativo, que conocerán los asuntos de su competencia, que se generen en toda la provincia.

El resto de los tribunales municipales ubicados en los siete municipios de la provincia, conocen de los procesos penales por delitos para los que la ley prevé sanciones hasta ocho años de privación de libertad. Los asuntos de lo civil, lo familiar, del trabajo y de la seguridad social, y la labor de control, influencia y atención de las personas que cumplen sanciones o medidas de seguridad en libertad, cuya competencia abarca el propio municipio.

Servicio de Atención a la Población del Tribunal Provincial Las Tunas

Teléfonos: 31347402 Ext. 221 correos: marthag@lt.tsp.gob.cu

Usted puede informarse y comunicarse con el Tribunal Provincial a través de las Redes Sociales:  

Facebook: @TPPLasTunas  

Twitter: @TPP_LasTunas   

Tribunal Supremo Popular:

- Sitio web institucional: https://www.tsp.gob.cu/

- Enlace a la sección de atención a la ciudadanía del sitio web: https://www.tsp.gob.cu/atencion-la-poblacion

Correos  CP

Usted puede descargar el Código Penal y la Ley de ejecución penal a través de los siguientes enlaces:

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