Las Tunas, al igual que el resto de las provincias del país, dará continuidad a la reforma en la administración pública tal como lo dicta la Constitución de la República de 2019 a través de la designación de los intendentes en los 8 municipios del territorio que se llevará a cabo el día 25 de enero.
En materia constitucional se cumplirá con la disposición transitoria sexta que establece que “las Asambleas Municipales del Poder Popular, en el plazo de tres meses, designan con posterioridad a la elección de los gobernadores y vicegobernadores provinciales, a aquellos que van a ocupar los cargos de intendentes”.
Elección de los Intendentes: un paso democrático a la altura de la Revolución
Si algo caracteriza, desde la perspectiva histórica, a este proceso abierto y transparente, basado en la confianza y honestidad de quienes representan al pueblo organizado, es la distancia abismal que lo separa de un pasado de politiquería, demagogia, violencia y fraude, que periódicamente solía convertir las elecciones en Cuba en espectáculo repudiable y vergonzoso.
Al obtener el éxito de este proceso estaremos dando una demostración de unidad, de firmeza, de estabilidad de cumplimiento y apego a ley; nada retarda el cumplimiento de la Constitución como tampoco el cumplimiento de las leyes.
Los Intendentes: nuevas figuras en la Administración Pública
La nueva Carta Magna dispone modificaciones a la estructura y sistema de gobierno en Cuba, entre ellas la desaparición de las Asambleas Provinciales del Poder Popular y la aparición del término de Intendente, el cual sustituye el de Presidente y Jefe, empleados en la actualidad para referirse a la persona que estará al frente del Consejo de la Administración Municipal.
Los Intendentes municipales asisten a las sesiones de la AMPP, con voz, pero sin derecho a voto; y en correspondencia con el artículo 182 de la Constitución de la República, integra el Consejo Provincial junto al Presidente y vicepresidente de la Asamblea Municipal.
#Cuba #Sábado #25deEnero sesiones Asambleas Municipales del #PoderPopular para la designación de los #Intendentes a propuesta del presidente de este órgano. Se cumple #Constitución, refuerza institucionalidad y se propicia permanente vínculo con el pueblo.@AsambleaCuba pic.twitter.com/s6Iag7ztDF
— Ana Mari Machado (@anamarianpp) January 20, 2020
Los Intendentes y el Consejo Provincial
El Consejo Provincial es un órgano colegiado y deliberativo sobre la gestión y administración del territorio; es presidido por el Gobernador e integrado por el Vicegobernador Provincial, los presidentes y vicepresidentes de las asambleas locales del Poder Popular correspondientes y los intendentes municipales, quienes serán los Jefes de los Consejos de la Administración Municipal y llegarán al cargo por designación de la AMPP, a propuesta de su propio presidente y posterior aprobación por los delegados, que emiten su voto a favor a mano alzada.
Artículo 177: El Consejo Provincial es el órgano colegiado y deliberativo que cumple las funciones previstas en esta Constitución y las leyes.
Sus decisiones son adoptadas por el voto favorable de la mayoría simple de sus integrantes.
El Consejo Provincial es presidido por el Gobernador e integrado por derecho propio, por el Vicegobernador Provincial, los presidentes de las asambleas locales del Poder Popular correspondientes, los intendentes municipales y demás miembros que determine la ley.
1- Que no debe utilizar un lenguaje ofensivo.
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